5.06 - Equipamiento del árbitro
Equipamiento obligatorio
Los árbitros deberán disponer del siguiente equipamiento:
• al menos un silbato;
• tarjetas rojas y amarillas;
• un cuaderno de notas (u otro medio para anotar las incidencias del partido);
• al menos un cronómetro.
Otro equipamiento
Los árbitros tienen autorización para emplear:
• todo tipo de intercomunicadores que permitan estar en contacto con los otros miembros del equipo arbitral: auriculares, etc.;
• sistemas de seguimiento electrónico del rendimiento u otro tipo de dispositivos de control del rendimiento físico.
Se prohíbe que los árbitros lleven cualquier otro equipamiento electrónico, cámaras incluidas.
Igualmente, se prohíbe al equipo arbitral llevar todo tipo de accesorios de joyería o adornos personales (aunque en caso de ausencia del cronome trador, el árbitro podrá portar un reloj o dispositivo similar para crono metrar el partido).